PRUEBAS DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES

  ACCESO AL PRIMER CURSO
  ACCESO A UN CURSO DIFERENTE DEL PRIMERO
    Criterios de evaluación
      Criterios generales de evaluación
      Criterios específicos de evaluación
        Prueba instrumental
        Prueba de Lenguaje Musical
      Criterios de calificación
        Prueba instrumental
        Prueba de Lenguaje Musical



ACCESO AL PRIMER CURSO

La prueba de acceso

La prueba de acceso al primer curso de las enseñanzas elementales de música será establecida por cada conservatorio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 9/2008, de 17 de enero. En dicha prueba se valorarán las aptitudes musicales para cursar con aprovechamiento dichas enseñanzas, no valorándose, en ningún caso, los conocimientos musicales previos. La prueba no estará vinculada a ningún tipo de instrumento musical y la convocatoria correspondiente a la prueba será anual y se realizará durante el mes de junio.

A dicha prueba podrán presentarse, si así lo hubieran hecho constar en la solicitud, los alumnos que hayan solicitado el acceso a otros cursos diferentes del primero de las enseñanzas elementales de música y no hubieran superado la prueba correspondiente a dichos cursos.

En el caso de que, excepcionalmente, un alumno menor de ocho años desee acceder al primer curso de las enseñanzas elementales de música, deberá cumplimentar la solicitud correspondiente. El conservatorio recabará del centro educativo en el que esté escolarizado dicho alumno, oídos los padres, un informe, visado por el director del centro, en el que se especifique, entre otros aspectos, si el acceso a estas enseñanzas favorece el desarrollo personal y social del alumno. En el caso de que el informe del centro fuera positivo, el conservatorio procederá a admitir al alumno para la realización de la prueba de acceso al primer curso de las enseñanzas elementales de música.

Solicitudes

Los aspirantes presentarán solicitud, junto con la correspondiente documentación justificativa, en el/los conservatorio/s que desee. A la solicitud se adjuntará necesariamente una fotocopia del DNI o documento equivalente y dos fotografías.

Los aspirantes deberán presentarse a las pruebas de acceso a las enseñanzas elementales de música en cada uno de los conservatorios en los que hayan presentado las correspondientes solicitudes.

Contenido de la prueba

La prueba constará de varios ejercicios encaminados a determinar las aptitudes musicales de los alumnos y contemplando las siguientes áreas específicas:

Altura o tono

El aspirante demostrará su capacidad de discriminación entre sonidos graves y sonidos agudos.

Intensidad

El aspirante demostrará su capacidad de discriminación entre sonidos fuertes y sonidos débiles.

Ritmo

El aspirante demostrará su capacidad de diferenciar ritmos iguales y desiguales y su respuesta para la imitación de diferentes propuestas psicomotrices.

Tiempo

El aspirante demostrará su capacidad de discriminación entre sonidos largos y sonidos breves.        

Timbre

El aspirante demostrará su capacidad de determinar la igualdad o diferencia entre sonidos consecutivos atendiendo a su cualidad tímbrica.

Memoria tonal

El aspirante demostrará su capacidad de reconocer variantes en secuencias de sonidos.

 

Calificación de la prueba.

La calificación de la prueba de acceso se expresará en términos numéricos, utilizando una escala numérica de 1 a 100 puntos con hasta dos decimales, siendo precisa la calificación de cincuenta puntos para superar la prueba. Se garantizará el anonimato mediante un sistema de plicas.

Cada ejercicio constará de veinte pares de sonidos o melodías. Para valorar dichos ejercicios se sumarán las respuestas correctas en cada uno de éstos y se otorgará una puntuación utilizando una escala asimétrica de 0 a 100 centiles premiando el mayor número de aciertos. Tendrán la misma consideración las respuestas incorrectas que la ausencia de respuesta.

En la prueba se aplica un índice de corrección de manera que los resultados obtenidos tengan presente las diferencias perceptivas que existen entre alumnos de 8, 9,10 años, y así sucesivamente. Asimismo, se valorará la edad idónea de los aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo:

Alumnos de hasta 8 años: 30 puntos.
Alumnos de 9 años: 25 puntos.
Alumnos de 10 años: 20 puntos.
Alumnos de 11 años: 10 puntos.
Alumnos de 12 años: 5 puntos.
Resto del alumnado: 0 puntos.

Se entiende que la edad está referida al año natural en el que se realiza la prueba.

En caso de existir empate entre varios aspirantes en la puntuación obtenida, éste se dirimirá por sorteo público ante el Consejo Escolar. La calificación final será el resultado de sumar la calificación de la prueba de acceso y los puntos asignados por la priorización en función de la edad. En caso de existir empate entre varios aspirantes en la puntuación obtenida, éste se dirimirá por sorteo público ante el Consejo Escolar, que consistirá en extraer al azar dos letras del abecedario que determinarán, en el orden extraído, las dos primeras letras del primer apellido de los solicitantes empatados, prosiguiendo la selección a partir de la letra o letras siguientes.

Los aspirantes deberán realizar todos los ejercicios de los que consta la prueba. En consecuencia, la no presentación a alguno de ellos supondrá la renuncia de los aspirantes a ser admitido para acceder a las enseñanzas de música que han solicitado.

Una vez realizadas y calificadas las pruebas de acceso se publicará en el tablón de anuncios del Conservatorio los listados provisionales con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes. Contra la calificación obtenida en la correspondiente prueba de acceso se podrá presentar en la secretaría del conservatorio reclamación dirigida al director del centro en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las calificaciones provisionales. Si no hubiese reclamaciones contra los listados provisionales, se publicarán los listados definitivos de calificaciones el siguiente día lectivo al de la finalización del plazo de reclamaciones. Si existiesen reclamaciones, los listados definitivos se publicarán una vez resueltas las mismas y los conservatorios notificarán a los interesados la resolución adoptada, conforme al calendario establecido en la resolución de 22 de marzo (BOC 30 de marzo).

La superación de la prueba de acceso sólo tendrá efectos para establecer el orden de adjudicación de los aspirantes a las vacantes disponibles y tendrá validez para el curso académico 2011/2012, sin que dicha superación suponga la admisión del aspirante. En el caso de no obtener plaza en el o los conservatorios solicitados, la puntuación obtenida por el aspirante en la prueba de acceso será utilizada por la Comisión de escolarización para adjudicar vacantes disponibles en cualquiera de los conservatorios de Cantabria.

Criterios de admisión y adjudicación de las vacantes

Corresponde al Consejo escolar del conservatorio decidir sobre la admisión de alumnos

A. Primer acto de adjudicación de vacantes.

Entre los días 30 de junio y 1 de Julio se celebrará el acto de adjudicación de vacantes a los aspirantes seleccionados para cursar el primer curso de las enseñanzas elementales de música. En dicho acto de adjudicación se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

  • Antes de la adjudicación de vacantes a las diferentes especialidades se deberán adjudicar las reservadas para los alumnos que acrediten una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33% y hayan superado la prueba del curso y especialidad a la que opten. De acuerdo con lo establecido en el artículo 18, apartado 2, de la Orden EDU/31/2009, de 27 de marzo, el 15% de las plazas reservadas en cada curso se distribuirá de forma que no supere el 30% de las plazas vacantes de cada especialidad ofertada en cada curso.
  • El alumnado que acuda al acto público podrá optar por elegir vacante o esperar a la segunda adjudicación por no poder elegir la especialidad deseada.
  • Si un alumno elige vacante en un conservatorio por asistir al acto público o por adjudicársela por la solicitud realizada en el caso de no presentarse al acto público, deberá matricularse obligatoriamente en el plazo establecido. De no hacerlo, decaerá de la lista de dicho conservatorio y no podrá solicitar vacante en sucesivos actos de adjudicación.
  • El alumno que se matricule en un conservatorio decaerá de las listas del resto de conservatorios en los que hubiera solicitado plaza y, por lo tanto, solo podrá participar en sucesivos actos de adjudicación en el conservatorio en el que se hubiera matriculado.
  • Si un alumno se matriculara en más de un conservatorio deberá optar por uno de ellos a instancias de la comisión de escolarización una vez comprobada la situación de matrícula irregular del alumno. Dicho alumno podrá concurrir al segundo acto de adjudicación únicamente en el conservatorio al que hubiera optado, perdiendo el derecho a la devolución del importe de la matrícula que hubiera abonado en el conservatorio o conservatorios a los que no haya optado.

B. Segundo acto de adjudicación de vacantes.

Si como resultado del proceso de matriculación del alumnado se produjesen vacantes se celebraría un nuevo acto de adjudicación de vacantes entre los días 12 y 13 de Julio. El aspirante podrá concurrir a este acto de adjudicación si se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:

  • No haber elegido vacante en el primer acto si se presenta al acto público, aunque hubiera tenido posibilidad de hacerlo.
  • No haber elegido vacante por no llegar a ofertársela en el acto público.
  • No habérsele adjudicado vacante según solicitud realizada en el caso de no haberse presentado al acto público.
  • Haber elegido vacante y haberse matriculado en la especialidad elegida, entendiéndose que la presentación al segundo acto de adjudicación equivale a la petición de cambio de instrumento a la que se refiere el artículo 18, apartado 3, subapartado e), de la Orden EDU/31/2009, de 27 de marzo.

Cuando un alumno cambie de especialidad, la misma podrá ser elegida, una única vez, por quienes ocupen puestos anteriores en la lista. En caso contrario pasará a ofertarse a los siguientes en el orden establecido. Asimismo, un alumno sólo podrá cambiar una vez de especialidad en este segundo acto de elección.

  • Finalizado este segundo acto de adjudicación, los alumnos con plaza adjudicada deberán matricularse o perderán el derecho a obtener plaza en el periodo ordinario, pasando a resolver su situación la comisión de escolarización a partir del día 22 de septiembre de 2011

En este acto sólo se le podrá adjudicar vacante, si la hubiera, si se presenta al mismo. En el caso de alumnos menores de edad, éstos deberán ir acompañados por su padre, madre o representante legal, o por persona adulta en quien deleguen, mediante escrito de autorización.

C. Tercer acto de adjudicación de vacantes.

El tercer acto para adjudicar vacantes resultantes se producirá el día 20 de septiembre de 2011. A este acto solamente podrán optar todos los alumnos que no hayan obtenido plaza en actos anteriores, excepto los que hayan sido derivados a la comisión de escolarización. Por lo tanto, no se podrá, en este acto, optar a cambio de especialidad en el primer curso de enseñanzas elementales.

Finalizado este proceso, termina el periodo ordinario de escolarización. Si durante el curso se produjeran nuevas vacantes, el conservatorio las remitirá a la comisión de escolarización, a través del inspector del centro, para que dicha comisión proceda a su adjudicación.

Matriculación

Los aspirantes que hayan obtenido una vacante en el proceso de adjudicación deberán formalizar su matrícula en el centro correspondiente en las fechas y horarios establecidos

Aquellos aspirantes con una vacante adjudicada, aunque sea de forma provisional, que no formalicen matrícula perderán el derecho a la plaza asignada. Por lo tanto, no podrán participar en las siguientes adjudicaciones que se puedan producir dentro del periodo ordinario de escolarización. En estos casos, los directores de los centros trasladarán las solicitudes y los resultados de las pruebas de dichos alumnos a la Comisión de escolarización para que proceda a ofertarles plaza, si las hubiera, cuando finalice el periodo ordinario de escolarización, a partir del día 22 de septiembre de 2011.

Un alumno no podrá realizar, en ningún caso, la matrícula en más de un conservatorio o centro para cursar enseñanzas de música en la misma especialidad. Una vez matriculado el alumno en un conservatorio no podrá anular la matrícula en dicho curso escolar para matricularse en otro conservatorio, excepto lo establecido en el artículo 23 de la orden EDU/31/2009, de 27 de marzo (BOC 7 de abril).

Calendario

PUBLICACIÓN  DE INFORMACIÓN, ESPECIALIDADES y VACANTES

ABRIL

18

PLAZO DE SOLICITUDES

MAYO

3 - 17

PUBLICACIÓN SOLICITUDES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS

27

PUBLICACIÓN DE AULAS, HORARIO Y ESPECIFICACIONES

31

REALIZACIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO

JUNIO

13 al 17

PUBLICACIÓN DE PLAZAS VACANTES

13 - 10h

PUBLICACIÓN DE LISTADOS PROVISIONALES DE CALIFICACIONES

21

FINALIZACIÓN PERIODO DE RECLAMACIÓN

24

PUBLICACIÓN DE LISTADOS DEFINITIVOS DE CALIFICACIONES

29 – 10h

ACTO DE ADJUDICACIÓN DE VACANTES

JULIO

30 (junio) - 1

PERIODO DE MATRICULACIÓN

4-7

PUBLICACIÓN DE PLAZAS VACANTES POR NO MATRICULACIÓN

11

ACTO DE ADJUDICACIÓN DE NUEVAS VACANTES

12

MATRICULACIÓN  DE LAS PLAZAS ADJUDICADAS EL DÍA 7 DE JULIO

14

PUBLICACIÓN Y ADJUDICACIÓN NUEVAS VACANTES

SEPTIEMBRE

20

MATRICULACIÓN DE LAS PLAZAS ADJUDICADAS

21

Normativa que regula el acceso a las enseñanzas musicales

A continuación se especifica la normativa que regula el acceso al primer curso de las enseñanzas elementales en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  1. Decreto 9/2008, de 17 de enero, por el que se establece el currículo de las Enseñanzas Elementales de Música y se regula su acceso en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 30 enero).
  2. Orden EDU/31/2009, de 27 de marzo, por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado en conservatorios que imparten enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 7 de abril).
  3. Resolución de 15 de marzo, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación de alumnos para cursar enseñanzas elementales y profesionales de música en conservatorios de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el curso 2010-2011 (BOC de 29 de marzo).

Esta normativa se encuentra disponible en la sección enlaces de interés – normativa.

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ACCESO A UN CURSO DIFERENTE DEL PRIMERO

La prueba de acceso

En el supuesto de que existiesen plazas vacantes y solicitudes para acceder directamente a un curso diferente del primero de dichas enseñanzas, el conservatorio realizará la prueba de acceso a cursos distintos del primero. A dicha prueba deberán presentarse aquellos alumnos que accedan por primera vez a estas enseñanzas, o a una especialidad diferente a la que estén cursando, siempre que lo hubieran solicitado previamente.
La convocatoria correspondiente a la prueba a la que se refiere el párrafo anterior se realizará durante el mes de junio. Cada conservatorio tan sólo podrá realizar la prueba de acceso por la especialidad y curso que haya sido autorizado por la Dirección General de Coordinación y Política Educativa.
Los alumnos que hayan solicitado el acceso a otros cursos diferentes del primero de las enseñanzas elementales y no hubieran superado la prueba correspondiente a dichos cursos podrán presentarse a la prueba de acceso al primer curso, si así lo hubieran hecho constar en la solicitud.
Los aspirantes que necesiten adaptaciones de acceso al currículo o condiciones especiales para la realización de la prueba deberán justificarlo, mediante certificación oficial, en el momento de presentación de la solicitud.
Ningún alumno podrá presentarse a una prueba de acceso correspondiente a un curso que ya tuviera superado, si opta por acceder a la misma especialidad.

Solicitudes

Los aspirantes presentarán la solicitud, junto con la correspondiente documentación justificativa, en el/los conservatorio/s que desee o bien, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

A la solicitud se adjuntará necesariamente una fotocopia del DNI o documento equivalente y uan fotografía.

Las solicitudes serán revisadas por el equipo directivo con el fin de que, si advirtiese defectos formales, contradicciones, omisión de alguno de los documentos exigidos o considerase necesario que los interesados aporten documentación complementaria para acreditar suficientemente alguna circunstancia, se lo requieran, con indicación de que, si así no lo hicieran, el Consejo escolar del conservatorio podrá desestimar la correspondiente solicitud, informando de esta circunstancia a la Comisión de escolarización.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de admisión y el de las correspondientes subsanaciones, los conservatorios publicarán en el tablón de anuncios la relación de solicitantes admitidos y, en su caso, excluidos, indicando las causas de su exclusión.
Los aspirantes deberán presentarse a las pruebas de acceso a las enseñanzas elementales de música en cada uno de los conservatorios en los que hayan presentado las correspondientes solicitudes.

Contenido de la prueba

La prueba de acceso a un curso diferente del primero de las enseñanzas elementales de música será establecida por el conservatorio y constará de los siguientes ejercicios:

  • Ejercicio de lenguaje musical, en el que se evaluarán las aptitudes y conocimientos teóricos y prácticos de esta asignatura.

Dicho ejercicio será diferenciado por cursos en función de los elementos curriculares de los cursos primero, segundo y tercero de esta asignatura, con la finalidad de asignar a cada aspirante una calificación para el acceso al curso solicitado. Dicha prueba contendrá, asimismo, los aspectos curriculares mínimos de la asignatura de Coro para los cursos correspondientes.

  • Ejercicio de instrumento, en el que se evaluarán los conocimientos técnicos relativos a la especialidad instrumental escogida.

Dicho ejercicio será diferenciado por cursos en función de los elementos curriculares de los cursos primero, segundo y tercero de esta asignatura, con la finalidad de asignar a cada aspirante una calificación para el acceso al curso solicitado.

El ejercicio consistirá en la interpretación de tres piezas de distintos estilos en el instrumento correspondiente a la especialidad instrumental a la que se opte, de entre las que publique el conservatorio. Una de estas piezas deberá interpretarse de memoria.

Como orientación del repertorio se puede comprobar el repertorio de la programación del curso anterior al que se opta haciendo clic aquí

Los alumnos presentarán cuatro piezas de entre las publicadas, e interpretará tres de ellas, dos elegidas por el tribunal más la pieza interpretada de memoria elegida por el aspirante.

Calificación de la prueba.

Cada uno de los ejercicios de que consta la prueba de acceso se calificarán de 0 a 10 puntos hasta un máximo de un decimal, siendo necesaria una calificación mínima de cinco puntos en cada uno de dichos ejercicios para superar la prueba.

La calificación final de la prueba se expresará con una calificación numérica de 0 a 10 puntos hasta un máximo de un decimal, La calificación así obtenida para cada uno de los cursos será la media ponderada de la calificación obtenida en ambos ejercicios, contribuyendo el primero de ellos con un 40% a dicha calificación final y el segundo con un 60%.

En el caso de que un alumno no obtenga calificación positiva para el curso al que opta, el tribunal podrá otorgarle una calificación para el acceso al curso, que a su juicio, considere que debe acceder.

Los aspirantes deberán realizar todos los ejercicios de los que consta la prueba. La no presentación a alguno de ellos supondrá la renuncia de los aspirantes a ser admitidos para acceder a las enseñanzas de música que han solicitado.

En el caso de existir empate entre varios aspirantes en la puntuación obtenida, se consignará en primer lugar el aspirante de menor edad, según determine la fecha de nacimiento de los alumnos con la misma puntuación en la prueba. De persistir el empate, éste se dirimirá por sorteo público ante el Consejo escolar.

Una vez realizadas y calificadas las pruebas de acceso se publicará en el tablón de anuncios  del Conservatorio los listados provisionales con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes.

Contra la calificación obtenida en la correspondiente prueba de acceso se podrá presentar en la secretaría del conservatorio reclamación dirigida al director del centro en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las calificaciones provisionales. Si no hubiese reclamaciones contra los listados provisionales, se publicarán los listados definitivos de calificaciones el siguiente día lectivo al de la finalización del plazo de reclamaciones. Si existiesen reclamaciones, los listados definitivos se publicarán una vez resueltas las mismas y los conservatorios notificarán a los interesados la resolución adoptada, conforme al calendario establecido en la resolución de 22 de marzo (BOC 30 de marzo).

La superación de la prueba de acceso sólo tendrá efectos para establecer el orden de adjudicación de los aspirantes a las vacantes disponibles y tendrá validez para el curso académico 2010/2011, sin que dicha superación suponga la admisión del aspirante. En el caso de no obtener plaza en el o los conservatorios solicitados, la puntuación obtenida por el aspirante en la prueba de acceso será utilizada por la Comisión de escolarización para adjudicar vacantes disponibles en cualquiera de los conservatorios de Cantabria.

Criterios de admisión y adjudicación de las vacantes

Corresponde al Consejo escolar del conservatorio decidir sobre la admisión de alumnos. De las plazas vacantes de cada curso, se reservará un 15% de dichas plazas para los solicitantes que, habiendo obtenido calificación positiva, acrediten en el momento de presentación de la solicitud una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33%.

En primer lugar se adjudicarán las vacantes reservadas para los alumnos a los que se refiere el párrafo anterior. Posteriormente se adjudicarán el resto de las plazas vacantes y la especialidad, siguiendo el orden establecido por la puntuación.

Finalizado el plazo de matriculación, los aspirantes en lista de espera podrán optar a las vacantes resultantes y realizar la correspondiente matrícula según el orden obtenido en los listados de puntuación. Además, una vez finalizada la matriculación de los alumnos oficiales con derecho a pruebas extraordinarias (septiembre), se procederá a la adjudicación de las vacantes resultantes, a los alumnos que hubieran superado las correspondientes pruebas de acceso, según la puntuación obtenida.

Finalizado este proceso, termina el periodo ordinario de escolarización por lo que los conservatorios remitirán a la Comisión de escolarización, el día 22 de septiembre de 2011, la relación de alumnos que no han obtenido plaza, ordenada por curso, especialidad y enseñanza, junto con la calificación obtenida en la prueba de acceso. Asimismo, enviarán, en su caso, en esa misma fecha, la relación de vacantes que no hayan sido adjudicadas. Igualmente, si durante el curso se produjeran nuevas vacantes, los conservatorios las remitirán a la Comisión de escolarización, a través del inspector del centro, para que dicha Comisión proceda a su adjudicación.

Matriculación

Los aspirantes que hayan obtenido una vacante en el proceso de adjudicación deberán formalizar su matrícula en el centro correspondiente en las fechas y horarios establecidos. Aquellos aspirantes con una vacante adjudicada que no formalicen su matrícula en el plazo establecido al efecto perderán el derecho a la plaza asignada.

Una vez finalizados los procesos de matriculación, las vacantes que no hubieran sido asignadas por el conservatorio, se adjudicarán por la Comisión de escolarización. Del mismo modo se procederá con las vacantes producidas una vez iniciado el curso escolar.

Un alumno no podrá realizar, en ningún caso, la matrícula en más de un conservatorio o centro para cursar enseñanzas de música en la misma especialidad.

Una vez matriculado el alumno en un conservatorio no podrá anular la matrícula en dicho curso escolar para matricularse en otro conservatorio, excepto lo establecido en el artículo 23 de la orden EDU/31/2009, de 27 de marzo (BOC 7 de abril).

Normativa que regula el acceso a las enseñanzas musicales

A continuación se especifica la normativa que regula el acceso al primer curso de las enseñanzas elementales en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  1. Decreto 9/2008, de 17 de enero, por el que se establece el currículo de las Enseñanzas Elementales de Música y se regula su acceso en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 30 enero).
  2. Orden EDU/31/2009, de 27 de marzo, por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado en conservatorios que imparten enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 7 de abril).
  3. Resolución de 22 de marzo, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación de alumnos para cursar enseñanzas elementales y profesionales de música en conservatorios de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el curso 2011-2012 (BOC de 30 de marzo).

Esta normativa se encuentra disponible en la sección enlaces de interés – normativa.

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CRITERIOS DE EVALUACIÓN

1. CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN
  1. Cada miembro del tribunal valorará y puntuará por separado sin deliberación previa.
  2. Con la finalidad de garantizar la objetividad de las pruebas se cumplirán las premisas siguientes:
  • Los ejercicios teóricos y prácticos serán idénticos para todos los candidatos asignados al tribunal.
  • En caso de ser precisa más de una sesión para la realización de la prueba, se cambiarán los ejercicios conservando éstos, en todo caso, el mismo grado de dificultad.
  • Los aspirantes deberán acudir provistos de un documento acreditativo de su identidad que podrá ser verificada por el presidente del tribunal.
  • Los interesados podrán interponer una recusación del tribunal en cualquier momento del proceso, en aplicación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, y del procedimiento administrativo, art. 28 y 29 sobre las causas de abstención y recusación. 
  1. Contra la calificación obtenida en la correspondiente prueba de acceso se podrá presentar en la secretaría del conservatorio en el que se haya realizado dicha prueba reclamación dirigida al director del centro en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las calificaciones provisionales.
  2. El tribunal se reunirá dentro de los dos días hábiles, una vez finalizado el plazo de reclamaciones, con el fin de valorar las alegaciones presentadas por los candidatos. En el caso de que la revisión produjese alguna modificación en la calificación, ésta constará en las actas definitivas. Una vez resueltas las reclamaciones la decisión del tribunal, que constará en el acta final, será firme.         

 

2. CRITERIOS ESPECÍFICOS DE EVALUACIÓN

2.1.  PRUEBA INSTRUMENTAL

  1. Adecuar la interpretación a las indicaciones de la partitura.
    Con este criterio se valorará la fidelidad de la interpretación a todos los elementos que configuran la partitura: tempo, ritmo, altura del sonido, dinámica, agógica, …

  2. Mostrar un adecuado control de los recursos memorísticos.
    Con este criterio se valorará la capacidad de interpretar de memoria con seguridad y exactitud.

  3. Valorar la capacidad técnica y sonora de acuerdo con el nivel al cual desea acceder.
    Con este criterio se evaluará la corrección técnico-instrumental y la calidad sonora propios del nivel.

  4. Interpretar el repertorio con la necesaria continuidad y fluidez.
    Con este criterio se valorará la capacidad de interpretación fluida, sin interrupciones y manteniendo, en todo momento, el pulso.

2.2.  PRUEBA DE LENGUAJE MUSICAL

SEGUNDO CURSO DE ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN SOBRE LA CAPACIDAD AUDITIVA DEL ALUMNO Y SUS CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS EN LENGUAJE MUSICAL

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN SOBRE LA CAPACIDAD AUDITIVA DEL ALUMNO

  1. Reconocer auditivamente y reproducir los elementos básicos del ritmo de una obra o fragmento (pulso, acento, silencio y cambios sencillos de compás con sus respectivas equivalencias).
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar la capacidad de percibir y ejecutar los elementos básicos del ritmo. En el caso de los cambios de compás y sus equivalencias se evaluarán las que no producen cambio de pulso.

  2. Reconocer auditivamente y reproducir los elementos básicos de la melodía de una obra o fragmento (modelos melódicos sencillos, escalas, intervalos, acorde arpegiado).
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar la capacidad de percibir y ejecutar los elementos básicos de la melodía,  cuidando especialmente la afinación.

  3. Reconocer los elementos básicos de la forma musical y los signos que afectan a la expresión musical.
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar si el alumno reconoce y ha interiorizado los aspectos básicos de la forma musical y los diferentes matices.
  4. Entonar e interpretar melodías, canciones, fragmentos..., monódicos, con acompañamiento instrumental, en clave de Sol en segunda o en clave de Fa en cuarta y, en su caso, las claves propias del instrumento del alumno.
    Tiene por objeto comprobar la capacidad del alumno para aplicar sus técnicas de entonación y justeza de afinación, y adecuar el uso de las claves a las distintas tesituras.

  5. Identificar auditivamente y reproducir fragmentos musicales escuchados
    Mediante este criterio se evalúa la capacidad del alumno para interiorizar y reproducir por escrito, lo escuchado. Según el nivel de dificultad propuesto, esta reproducción puede circunscribirse a aspectos rítmicos y melódicos, trabajados uno a uno y conjuntamente.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS EN LENGUAJE MUSICAL

  1. Interpretar fragmentos musicales empleando la medida, afinación, articulación y fraseo adecuados a su contenido.
    Este criterio de evaluación pretende comprobar la correcta aplicación de los conocimientos teórico-prácticos del lenguaje musical.

  2. Utilizar una adecuada técnica vocal y corporal.
    Con este criterio se pretende constatar la concienciación del alumno por hábitos posturales saludables que permitan la utilización óptima de la voz y la prevención de posibles lesiones.

  3. Reconocer los elementos básicos de la forma musical y los signos que afectan a la expresión musical.
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar si el alumno reconoce y ha interiorizado los aspectos básicos de la forma musical y los diferentes matices.

  4. Ejecutar elementos del lenguaje musical de una obra o fragmento, con partitura, a través de la voz.
    Con este criterio de evaluación se pretende constatar la capacidad de ejecutar elementos del lenguaje musical adecuados a este nivel, con precisión y en un tempo establecido.
  5. Entonar e interpretar melodías, canciones, fragmentos..., monódicos, con acompañamiento instrumental, en clave de Sol en segunda o en clave de Fa en cuarta y, en su caso, las claves propias del instrumento del alumno.
    Tiene por objeto comprobar la capacidad del alumno para aplicar sus técnicas de entonación y justeza de afinación, y adecuar el uso de las claves a las distintas tesituras.
  6. Utilizar adecuadamente la terminología musical como medio de expresión y comunicación, de acuerdo a su nivel.
    Con este criterio se pretende constatar que el alumno/a interiorizado la terminología del lenguaje musical, la utiliza en su práctica vocal, instrumental y corporal, y se sirve de ella como medio útil y eficaz de comunicación.

PARTES DE LA PRUEBA Y CONTENIDOS MÍNIMOS PARA LA CALIFICACIÓN POSITIVA DE LA CAPACIDAD AUDITIVA Y CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS DE LENGUAJE MUSICAL
ó
CRITERIOS MÍNIMOS PARA LA CALIFICACIÓN POSITIVA DE LA PRUEBA DE CAPACIDAD AUDITIVA Y CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS  DE LENGUAJE MUSICAL

  • Reproducir por escrito fragmentos musicales escuchados, utilizando de forma apropiada la terminología y caligrafía musical.
    • Compases: 4/4, 2/4, 3/4 y 6/8.
    • Figuras: Redonda, Blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo y corchea .  
    • Silencios: Silencios de  blanca, blanca con puntillo, negra, y corchea. (En subdivisión binaria)
    • Silencios: Silencios de blanca con puntillo y negra con puntillo. (En subdivisión ternaria)
    • Sonidos: Tonalidad de DO M.
    • Fragmentos de 8 compases
    • Claves: Sol en 2ª.

(Apartado 1º)

  • Identificar a partir de una partitura dada diferentes elementos formales, rítmicos, y melódicos propios del nivel, y realizar diversos ejercicios teórico- prácticos relacionados con la misma, utilizando de forma apropiada la terminología y caligrafía musical.

(Apartado 2º)

  • Entonar una melodía o canción tonal con acompañamiento, utilizando la voz de manera correcta y mostrando sensibilidad en la realización .
    • Sonidos: Del Do 3 al Do 4.
    • Compases: 4/4, 2/4 3/4 ,  y 6/8
    • Figuras: Blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo, corchea, y semicorchea.
    • Silencios: Silencios de blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo. (En subdivisión binaria)
    • Silencios: Silencios de blanca con puntillo,  negra con puntillo. (En subdivisión ternaria)
    • Claves: Sol, en 2ª y Fa en 4ª.
    • Tonalidades: Do M.
    • Escalas: mayor.
    • Interválica: 2ª M y m, 3ª M y m, 4ª, 5ª, 8ª Justas.

(Apartado 3º)

  • Ejecutar vocalmente estructuras rítmicas de una obra o fragmento.
    • Compases: 4/4, 2/4, ¾, Y 6/8
    • Figuras: Redonda, Blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo y corchea.
    • Silencios: Silencios de redonda, blanca, blanca con puntillo, negra y negra con puntillo. (En subdivisión binaria)
    • Silencios: Silencios de blanca con puntillo, negra con puntillo. (En subdivisión ternaria)
    • Claves: Sol, en 2ª y Fa en 4ª
    • Equivalencias :pulso = pulso.

(Apartado 4º)

CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LA PRUEBA DE CAPACIDAD AUDITIVA Y CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS  DE LENGUAJE MUSICAL

Los diversos ejercicios que se propongan para la prueba de acceso dirigidos a la valoración de la capacidad auditiva y conocimientos teóricos y teórico-prácticos en lenguaje musical, se valorarán sobre un máximo de 100 puntos, siendo necesario obtener 50 puntos para superarlo. La prueba se diseñará sobre cuatro apartados básicos:

 

CALIFICACIÓN

Apartado 1º

20 puntos

Apartado 2º

20 puntos

Apartado 3º

30 puntos

Apartado 4º

30 puntos

La obtención de 0 puntos en alguno de los apartados supondrá la no superación del conjunto de la prueba.

 

TERCER CURSO DE ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN SOBRE LA CAPACIDAD AUDITIVA DEL ALUMNO Y SUS CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS EN LENGUAJE MUSICAL

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN SOBRE LA CAPACIDAD AUDITIVA DEL ALUMNO

  1. Reconocer auditivamente y reproducir los elementos básicos del ritmo de una obra o fragmento (pulso, acento, silencio y cambios sencillos de compás con sus respectivas equivalencias).
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar la capacidad de percibir y ejecutar los elementos básicos del ritmo. En el caso de los cambios de compás y sus equivalencias se evaluarán las que  no producen cambio de pulso.

  2. Reconocer auditivamente y reproducir los elementos básicos de la melodía de una obra o fragmento (modelos melódicos sencillos, escalas, intervalos, acordes arpegiados).
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar la capacidad de percibir y ejecutar los elementos básicos de la melodía,  cuidando especialmente la afinación.

  3. Reconocer auditivamente y reproducir elementos armónicos básicos en una obra o fragmento.
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar la capacidad de percibir y ejecutar los elementos armónicos básicos de la melodía.

  4. Reconocer los elementos básicos de la forma musical y los signos que afectan a la expresión musical.
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar si el alumno reconoce y ha interiorizado los aspectos básicos de la forma musical y los diferentes matices.

  5. Entonar e interpretar melodías, canciones, fragmentos..., monódicos, con acompañamiento instrumental, en clave de Sol en segunda o en clave de Fa en cuarta y, en su caso, las claves propias del instrumento del alumno.
    Tiene por objeto comprobar la capacidad del alumno para aplicar sus técnicas de entonación y justeza de afinación, y adecuar el uso de las claves a las distintas tesituras.

  6. Identificar auditivamente y reproducir fragmentos musicales escuchados
    Mediante este criterio se evalúa la capacidad del alumno para interiorizar y reproducir por escrito, lo escuchado. Según el nivel de dificultad propuesto, esta reproducción puede circunscribirse a aspectos rítmicos, melódicos, armónicos y formales, trabajados uno a uno o conjuntamente.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS EN LENGUAJE MUSICAL

  1. Interpretar fragmentos musicales empleando la medida, afinación, articulación y fraseo adecuados a su contenido.
    Este criterio de evaluación pretende comprobar la correcta aplicación de los conocimientos teórico-prácticos del lenguaje musical.

  2. Utilizar una adecuada técnica vocal y corporal.
    Con este criterio se pretende constatar la concienciación del alumno por hábitos posturales saludables que permitan la utilización óptima de la voz y la prevención de posibles lesiones.

  3. Reconocer los elementos básicos de la forma musical y los signos que afectan a la expresión musical.
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar si el alumno reconoce y ha interiorizado los aspectos básicos de la forma musical y los diferentes matices.

  4. Ejecutar elementos del lenguaje musical de una obra o fragmento, con partitura, a través de la voz.
    Con este criterio de evaluación se pretende constatar la capacidad de ejecutar elementos del lenguaje musical adecuados a este nivel, con precisión y en un tempo establecido.

  5. Entonar e interpretar melodías, canciones, fragmentos..., monódicos, con acompañamiento instrumental, en clave de Sol en segunda o en clave de Fa en cuarta y, en su caso, las claves propias del instrumento del alumno.
    Tiene por objeto comprobar la capacidad del alumno para aplicar sus técnicas de entonación y justeza de afinación, y adecuar el uso de las claves a las distintas tesituras.
  6. Utilizar adecuadamente la terminología musical como medio de expresión y comunicación, de acuerdo a su nivel
    Con este criterio se pretende constatar que el alumno/a interiorizado la terminología del lenguaje musical, la utiliza en su práctica vocal, instrumental y corporal, y se sirve de ella como medio útil y eficaz de comunicación.

  7. Describir con posterioridad a una audición los rasgos característicos de las obras escuchadas.
    Con este criterio se pretende evaluar la capacidad para percibir y relacionar con los conocimientos adquiridos los aspectos esenciales de obras que el alumno pueda entender según su nivel de desarrollo cognitivo y afectivo, aunque no las interprete por ser nuevas para él o resultar aún inabordables por su dificultad técnica.

PARTES DE LA PRUEBA Y CONTENIDOS MÍNIMOS PARA LA CALIFICACIÓN POSITIVA DE LA CAPACIDAD AUDITIVA Y CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS DE LENGUAJE MUSICAL
ó
CRITERIOS MÍNIMOS PARA LA CALIFICACIÓN POSITIVA DE LA PRUEBA DE CAPACIDAD AUDITIVA Y CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS  DE LENGUAJE MUSICAL

  • Reproducir por escrito fragmentos musicales escuchados, utilizando de forma apropiada la terminología y caligrafía musical.
    • Compases: 4/4, 2/4, 3/4 y 6/8.
    • Figuras: Blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo, corchea ysemicorchea .  
    • Silencios: Silencios de  blanca, blanca con puntillo, negra, y corchea. (En subdivisión binaria)
    • Silencios: Silencios de blanca con puntillo, negra con puntillo y corchea. (En subdivisión ternaria)
    • Sonidos: Tonalidad de DO M y La m.
    • Fragmentos de 8 compases ( con repetición máxima de 4 veces cada dos compases)
    • Claves: Sol en 2ª.

(Apartado 1º)

  • Identificar a partir de una partitura dada diferentes elementos formales, rítmicos, y melódicos propios del nivel, y realizar diversos ejercicios teórico- prácticos relacionados con la misma, utilizando de forma apropiada la terminología y caligrafía musical.

(Apartado 2º)

  • Entonar una melodía o canción tonal con acompañamiento, utilizando la voz de manera correcta y mostrando sensibilidad en la realización .
    • Sonidos: Del La 2  al Do 4.
    • Compases: 4/4, 2/4 3/4 ,  y 6/8
    • Figuras: Redonda, Blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo y corchea.
    • Silencios: Silencios de blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo  y corchea. (En subdivisión binaria)
    • Silencios: Silencios de blanca con puntillo,  negra con puntillo y corchea. (En subdivisión ternaria)
    • Claves: Sol, en 2ª y Fa en 4ª.
    • Tonalidades: Do M y La m.
    • Escalas: diatónica mayor y menor armónica.
    • Interválica: 2ª M,  m y aum, 3ª M y m, 4ª, 5ª, 8ª Justas.

(Apartado 3º)

  • Ejecutar vocalmente estructuras rítmicas de una obra o fragmento.
    • Compases: 4/4, 2/4,3/4  y 6/8
    • Figuras: Redonda, Blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo,  corchea y semicorchea.
    • Silencios: Silencios de redonda, blanca, blanca con puntillo, negra y negra con puntillo y corchea. (En subdivisión binaria)
    • Silencios: Silencios de blanca con puntillo, negra con puntillo y corchea. (En subdivisión ternaria)
    • Claves: Sol, en 2ª y Fa en 4ª
    • Equivalencias: pulso = pulso.

(Apartado 4º)

CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LA PRUEBA DE CAPACIDAD AUDITIVA Y CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS  DE LENGUAJE MUSICAL

Los diversos ejercicios que se propongan para la prueba de acceso dirigidos a la valoración de la capacidad auditiva y conocimientos teóricos y teórico-prácticos en lenguaje musical, se valorarán sobre un máximo de 100 puntos, siendo necesario obtener 50 puntos para superarlo. La prueba se diseñará sobre cuatro apartados básicos:

 

CALIFICACIÓN

Apartado 1º

20 puntos

Apartado 2º

20 puntos

Apartado 3º

30 puntos

Apartado 4º

30 puntos

La obtención de 0 puntos en alguno de los apartados supondrá la no superación del conjunto de la prueba.

 

CUARTO CURSO DE ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN SOBRE LA CAPACIDAD AUDITIVA DEL ALUMNO Y SUS CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS EN LENGUAJE MUSICAL

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN SOBRE LA CAPACIDAD AUDITIVA DEL ALUMNO

  1. Reconocer auditivamente y reproducir los elementos básicos del ritmo de una obra o fragmento (pulso, acento, silencio y cambios sencillos de compás con sus respectivas equivalencias).
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar la capacidad de percibir y ejecutar los elementos básicos del ritmo, de manera individual y colectiva. En el caso de los cambios de compás y sus equivalencias se evaluarán tanto las que producen cambio de pulso como las que no.

  2. Reconocer auditivamente y reproducir los elementos básicos de la melodía de una obra o fragmento (modelos melódicos sencillos, escalas, intervalos, acordes arpegiados).
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar la capacidad de percibir y ejecutar los elementos básicos de la melodía, cuidando especialmente la afinación.

  3. Reconocer auditivamente y reproducir elementos armónicos básicos en una obra o fragmento.
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar la capacidad de percibir y ejecutar los elementos armónicos básicos de la melodía.

  4. Reconocer los elementos básicos de la forma musical y los signos que afectan a la expresión musical.
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar si el alumno reconoce y ha interiorizado los aspectos básicos de la forma musical y los diferentes matices.

  5. Entonar e interpretar melodías, canciones, fragmentos..., monódicos, con acompañamiento instrumental, en clave de Sol en segunda o en clave de Fa en cuarta y, en su caso, las claves propias del instrumento del alumno.
    Tiene por objeto comprobar la capacidad del alumno para aplicar sus técnicas de entonación y justeza de afinación, y adecuar el uso de las claves a las distintas tesituras, utilizando diferentes tipos de composiciones musicales.

  6. Identificar auditivamente y reproducir fragmentos musicales escuchados.
    Mediante este criterio se evalúa la capacidad del alumno para interiorizar y reproducir por escrito, lo escuchado. Según el nivel de dificultad propuesto, esta reproducción puede circunscribirse a aspectos rítmicos, melódicos, armónicos y formales, trabajados uno a uno o conjuntamente.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS EN LENGUAJE MUSICAL

  1. Interpretar fragmentos musicales empleando la medida, afinación, articulación y fraseo adecuados a su contenido.
    Este criterio de evaluación pretende comprobar la correcta aplicación de los conocimientos teórico-prácticos del lenguaje musical.

  2. Utilizar una adecuada técnica vocal y corporal.
    Con este criterio se pretende constatar la concienciación del alumno por hábitos posturales saludables que permitan la utilización óptima de la voz y la prevención de posibles lesiones.


  3. Reconocer los elementos básicos de la forma musical y los signos que afectan a la expresión musical.
    Con este criterio de evaluación se trata de constatar si el alumno reconoce y ha interiorizado los aspectos básicos de la forma musical y los diferentes matices.

  4. Ejecutar elementos del lenguaje musical de una obra o fragmento, con partitura, a través de la voz.
    Con este criterio de evaluación se pretende constatar la capacidad de ejecutar elementos del lenguaje musical adecuados a este nivel, con precisión y en un tempo establecido.

  5. Entonar e interpretar melodías, canciones, fragmentos..., monódicos, con acompañamiento instrumental, en clave de Sol en segunda o en clave de Fa en cuarta y, en su caso, las claves propias del instrumento del alumno.
    Tiene por objeto comprobar la capacidad del alumno para aplicar sus técnicas de entonación y justeza de afinación, y adecuar el uso de las claves a las distintas tesituras, utilizando diferentes tipos de composiciones musicales.

  6. Utilizar adecuadamente la terminología musical como medio de expresión y comunicación, de acuerdo a su nivel.
    Con este criterio se pretende constatar que el alumno/a interiorizado la terminología del lenguaje musical, la utiliza en su práctica vocal, instrumental y corporal, y se sirve de ella como medio útil y eficaz de comunicación.

  7. Describir con posterioridad a una audición los rasgos característicos de las obras escuchadas.
    Con este criterio se pretende evaluar la capacidad para percibir y relacionar con los conocimientos adquiridos los aspectos esenciales de obras que el alumno pueda entender según su nivel de desarrollo cognitivo y afectivo, aunque no las interprete por ser nuevas para él o resultar aún inabordables por su dificultad técnica.

PARTES DE LA PRUEBA Y CONTENIDOS MÍNIMOS PARA LA CALIFICACIÓN POSITIVA DE LA CAPACIDAD AUDITIVA Y CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS DE LENGUAJE MUSICAL
ó
CRITERIOS MÍNIMOS PARA LA CALIFICACIÓN POSITIVA DE LA PRUEBA DE CAPACIDAD AUDITIVA Y CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS  DE LENGUAJE MUSICAL

  • Reproducir por escrito fragmentos musicales escuchados, utilizando de forma apropiada la terminología y caligrafía musical.
    • Compases: 4/4, 2/4, 3/4, 6/8, 3/8 y 9/8.
    • Figuras: Redonda, blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo, corchea, corchea con puntillo y semicorchea .  
    • Silencios: Silencios de redonda, blanca, blanca con puntillo, negra ,negra con puntillo, corchea  y semicorchea. (En subdivisión binaria)
    • Silencios: Silencios de blanca con puntillo, negra,  negra con puntillo y corchea. (En subdivisión ternaria)
    • Sonidos: Tonalidad mayores y menores hasta dos alteraciones.
    • Fragmentos de 8 compases ( con repetición máxima de 4 veces cada dos compases)
    • Claves: Sol en 2ª.

 (Apartado 1º)

  • Identificar a partir de una partitura dada diferentes elementos formales, rítmicos, y melódicos propios del nivel, y realizar diversos ejercicios teórico- prácticos relacionados con la misma, utilizando de forma apropiada la terminología y caligrafía musical.

(Apartado 2º)

  • Entonar una melodía o canción tonal con acompañamiento, utilizando la voz de manera correcta y mostrando sensibilidad en la realización .
    • Sonidos: Del La 2  al Do 4.
    • Compases: 4/4, 2/4 3/4 , 3/8, 6/8 y 9/8
    • Figuras: Redonda, Blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo, corchea, corchea con puntillo y semicorchea.
    • Silencios: Silencios de redonda,  blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo, corchea  y semicorchea. (En subdivisión binaria)
    • Silencios: Silencios de blanca con puntillo, negra,  negra con puntillo y corchea. (En subdivisión ternaria)
    • Claves: Sol, en 2ª y Fa en 4ª.
    • Tonalidades: Do M y La m.
    • Escalas: diatónica mayor y menor armónica, y melódica
    • Interválica: 2ª M,  m y aum., 3ª M y m, 4ª, 5ª, 8ª Justas, 6ª M y m.

(Apartado 3º)

  • Ejecutar vocalmente estructuras rítmicas de una obra o fragmento.
    • Compases: 4/4, 2/4,3/4, 6/8  y 9/8
    • Figuras: Redonda, blanca, blanca con puntillo, negra, negra con puntillo, corchea, corches con puntillo y semicorchea.
    • Silencios: Silencios de redonda, blanca,  blanca con puntillo, negra y negra con puntillo, corchea  y semicorchea. (En subdivisión binaria)
    • Silencios: Silencios de blanca con puntillo ,negra,  negra con puntillo y corchea. (En subdivisión ternaria)
    • Claves: Sol, en 2ª y Fa en 4ª
    • Equivalencias: pulso = pulso.

(Apartado 4º)

CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LA PRUEBA DE CAPACIDAD AUDITIVA Y CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y TEÓRICO-PRÁCTICOS  DE LENGUAJE MUSICAL

Los diversos ejercicios que se propongan para la prueba de acceso dirigidos a la valoración de la capacidad auditiva y conocimientos teóricos y teórico-prácticos en lenguaje musical, se valorarán sobre un máximo de 100 puntos, siendo necesario obtener 50 puntos para superarlo. La prueba se diseñará sobre cuatro apartados básicos:

 

CALIFICACIÓN

Apartado 1º

20 puntos

Apartado 2º

20 puntos

Apartado 3º

30 puntos

Apartado 4º

30 puntos

La obtención de 0 puntos en alguno de los apartados supondrá la no superación del conjunto de la prueba.

 

3. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN

3.1. PRUEBA DE INSTRUMENTO

  • Los diferentes criterios serán puntuados de cero a diez puntos.
  • La calificación final responderá a la ponderación de cada apartado al 25%.

3.2.  PRUEBA DE LENGUAJE MUSICAL

  • Los criterios de calificación se detallan en la descripción de la prueba a realizar para cada uno de los niveles posibles de ingreso.
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